Accidentes y Negligencias

Consejos ante un Accidente de Tráfico

Tras un Accidente de tránsito, accidente automovilístico o siniestro de tráfico, se suelen producir daños y perjuicios personales, y para su reclamación debe interponer la correspondiente denuncia o demanda judicial, en el plazo de seis meses si es penal o de un año si es civil.

Para cuantificar los daños ocasiones es necesario disponer de un médico especializado en valoración del daño corporal que nos emitirá un informe con los días de baja, secuelas, etc. Del mismo modo se procederá a la reclamación de todos los daños y perjuicios causados, incluido el lucro cesante. No olvide guardar toda la justificación documental de que disponga.

Recuerde que su póliza de seguro puede tener defensa jurídica, y con ello usted puede designar a los profesionales (abogado y procurador) que desee, pagando la compañía de seguros el coste de los mismos hasta la cuantía asegurada.

Consejos ante una Negligencia Médica:

Si usted cree haber sido víctima de un negligencia médica lo primero que debe hacer es recopilar todos los datos posibles, como p.e.:

  1. Pidiendo su historia clínica.
  2. Recopilando los partes de incapacidad temporal (baja), que en su caso, existan.
  3. Obteniendo factura de los medicamentos comprados.
  4. Obteniendo informes que avalen la situación psicológica de usted y sus familiares.
  5. Así como cualquier otra documentación que acredite la situación padecida, tratamientos recibidos o pruebas realizadas, incluidas fotografías.

Si la negligencia se ha producido en un centro privado lo más conveniente es formalizar por escrito la oportuna reclamación dirigida al propio centro o contra el médico que le asistió. En este último caso y si usted no formalizó contrato con el médico sino con el centro, el plazo de prescripción para ejercitar una acción civil es de un año.

Si su reclamación es contra un centro público, y desea accionar contra el mismo, debe saber que antes de acudir a la vía judicial debe interponer una reclamación previa, y la vía judicial es muy lenta (contencioso administrativa), además de que nunca iría contra el médico, sino contra la Administración. La fundamentación de la acción es el funcionamiento anormal del servicio.

La vía penal exige la acreditación de un plus en la actuación del facultativo (mala praxis), y pretende además de la indemnización, la inhabilitación y/o la cárcel para el profesional. Por tanto la acción penal lo es contra el médico personalmente sin perjuicio de la responsabilidad civil del centro médico.

En la vía civil la fundamentación de su reclamación puede hacerse por diferentes motivos (no existencia de consentimiento informado sobre las consecuencias del tratamiento, no obtención del resultados, etc.). Lo más conveniente es que reciba asesoramiento de un abogado conjuntamente con un especialista médico para corroborar que ha sido víctima de una negligencia médica. Es necesario tener una valoración orientativa de la indemnización que le podría corresponder para saber si le compensa acudir a la vía judicial.

Para facilitar el acceso a nuestros servicios podemos optar por cobrar una comisión en el momento en que usted reciba la indemnización.

Si necesita ayuda o asesoramiento le recomendamos que contacte con nuestros abogados especialistas en Accidentes de Tráfico y Negligencias Médicas llamando al 952 211 011 o que complete el siguiente formulario.

Le indicamos que para cualquier consulta sobre Accidentes de Tráfico o Negligencias Médicas puede contactar en el teléfono de urgencias 60720236.

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